Estimados; os hacemos partícipes de una denuncia presentada a la Comisión Europea por nuestro Departamento Jurídico; rogamos tramitar el conocimiento de la misma y para cualquier inquietud estamos a vuestra disposición.
Lázaro Mireles
Secretario general AIECC​


  Nota de Prensa 06/05/2021 
Desde la asociación española ALIANZA IBEROAMERICANA EUROPEA CONTRA EL COMUNISMO (“AIECC”), se ha presentado una denuncia formal ante la Comisión Europea, mediante el respectivo formulario de denuncia y aportando un escrito de ampliación de la misma, y una serie de Anexos que prueban los hechos denunciados. La denuncia ha sido elaborada y firmada por Reimel Ariosa y Julio Rodríguez, socios del despacho de abogados Gowper, así como miembros del Departamento Jurídico de la asociación. AIECC pretende con esta denuncia que la Comisión Europea investigue los incumplimientos normativos que la propia Unión Europea está realizando al mantener relaciones internacionales con la dictadura cubana. Los artículos 205 y 208.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, relacionados a los artículos 21 y siguientes del Tratado de la Unión Europea, imponen a la UE en sus relaciones internacionales procurar el respeto y promoción de los derechos humanos, la democracia y las libertades fundamentales. Sin embargo, la Posición Común adoptada en 1996 con la dictadura cubana, ya suponía una vulneración de estas normas. La UE adoptó la posición común bajo la base de tratarse de un acuerdo que permitiría la transición democrática en la isla, pero esto nunca sucedió. En el año 2003 ocurrió en Cuba lo que se denominó Primavera Negra, cuando la dictadura cubana arbitrariamente detuvo periodistas independientes, opositores al régimen, etc. La propia Unión Europea dio la espalda a la dictadura durante este tiempo. Pero en el año 2016, pese al innegable fracaso de la Posición Común y las muestras de recrudecimiento de la dictadura en el año 2003, la UE celebró con la dictadura un nuevo acuerdo internacional, el PDCA. Este acuerdo supone una clara mejoría de las condiciones para la isla. Ya la propia existencia de este segundo acuerdo es nuevamente una vulneración del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, pero además, tras el fracaso de la Posición Común, y la multitud de resoluciones del Parlamento Europeo e Informes de la Unión en materia de la vulneración de derechos humanos y políticos en Cuba, nada justifica la existencia de este acuerdo. Además de este incumplimiento, en el propio PDCA se dispone en el artículo 85 un régimen sancionador del acuerdo por incumplimiento de las partes. Uno de estos incumplimientos se vincula a la vulneración de derechos humanos. Desde el nacimiento del acuerdo se están vulnerando los derechos humanos en Cuba, sin que esta cláusula haya sido aplicada nunca. Al contrario, sorprende como el Consejo Conjunto Cuba –Unión Europea ha defendido el acuerdo, pese a la multitud de informes posteriores al año 2016, de la propia Unión, que alertan sobre el incumplimiento de Cuba. Otras asociaciones han alertado sobre la necesidad de aplicar esta cláusula. CUBA DECIDE realizó una petición al Parlamento Europeo, solicitando la aplicación inmediata de este sistema sancionador. Sin embargo, el Parlamento Europeo no parece estar interesado en aplicar la normativa comunitaria cuando ello supone la pérdida de relaciones comerciales en Cuba, donde su posición es privilegiada en comparación a otros países y regiones. Dada la aparente desobediencia de peticiones más políticas, AIECC ha optado por una vía que podría resultar más coercitiva, la vía legal. La Comisión está obligada a responder esta denuncia, bien positivamente o bien negativamente. Si se decidiese acoger la denuncia y tramitarla, la resolución más probable sería la aplicación del régimen sancionador del artículo 85 del PDCA, o en su caso, un muy improbable procedimiento ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea contra el Parlamento Europeo. Sin embargo, en AIECC no tienen mucha esperanza por una resolución excesivamente favorable. Es más probable que esta denuncia sea inadmitida con base en cuestiones no jurídicas y de difícil justificación. Pero incluso esta inadmisión es favorable para la causa, dado que permitiría a la asociación española acudir contra la Comisión ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, recurriendo la inadmisión de la denuncia. Sería entonces la primera vez que se judicializa la causa contra la dictadura cubana en Europa .

Todos los detalles contenidos en la demanda están accesibles en el siguiente enlace: chng.it/FwLWRg9f

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